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¿Es el Senador Armando Traferri el dueño del cuchillo?

¿Es el Senador Armando Traferri el dueño del cuchillo?

“Es la ley como la lluvia,

Nunca puede ser pareja,

El que la aguanta se queja,

Más el asunto es sencillo,

La ley es como el cuchillo,

No ofende a quien lo maneja”

Martín Fierro - José Hernández

 

Los procesos legales sostienen que todos somos iguales ante la Ley, sin embargo, esa igualdad es discutible en términos subjetivos. El derecho sostiene que no se puede ser juez y parte.



El límite entre la legalidad y la legitimidad es muy fino y difuso para quieran entenderlo así, pero son los valores los que deberían marcar ese límite y debe ser inquebrantable, más aún cuando se trata de quienes deben representarnos y gobernarnos.

Entendemos que en este caso específico se plantea una cuestión de análisis de la legitimidad y la  institucionalidad.

No podemos dudar de la imparcialidad como criterio rector fundamental del proceso civil, penal, contencioso-administrativo; del proceso judicial como tal. Y por ello, esto siempre aplicable a los juzgadores (entendiendo como tales a las personas en cuya cabeza y/o influencias depende un decisorio).

Es clara la excepción a las partes en sentido material, donde para cada quien la parcialidad es condición esencial. Todas las demás personas deben ser tan imparciales como sea posible y en razón directa de su influencia legal sobre el contenido de la resolución.

Para corroborar este pensamiento conviene traer a colación el hecho de que el legislador resuelve, al igual que el juez, controversias.

Entendemos que la situación en la que nos encontramos, es claramente aplicable el instituto de la recusación. Y el sistema de recusaciones en sentido lato intenta impedir que una persona que sea parte intervenga en el proceso en un papel que no sea el de parte.

Por ello, entendemos que la función de un legislador reviste características análogas a la del Juez.

En la investigación la Causa de Juego Clandestino, en la que se ha pedido el desafuero del Senador Traferri para poder ser investigado, es el mismo Senador quien ha acusado a los Fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra, fiscales del Ministerio Público de la Acusación de “persecución” en su contra y les atribuye los delitos de “abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”.

Además el Senador Armando Traferri, quien debería ser imparcial, ha realizado denuncias ante los fiscales en la Justicia y en la Comisión Bicameral de Acuerdos de la Legislatura. Claro es, que en esta causa no se sabe las ramificaciones que pueda tener en el resto de fiscales del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe como así tampoco si pudiere haber jueces, funcionarios públicos, legisladores implicados, etc.

Estos hechos, dan cuenta que el Senador Traferri tiene interés personal, legítimo e incuestionable, en el objeto del proceso y en el resultado de la/s posible/s sentencia/s que pudieran resultar de la investigación de dicho proceso judicial, si este, finalmente, se llevara a cabo

Como criterio de justicia, la imparcialidad sostiene que las decisiones deben tomarse atendiendo a criterios objetivos, sin influencias de sesgos, prejuicios o tratos diferenciados por razones inapropiadas. Derechos y principios que no se estarían respetando de no hacer lugar a la solicitud planteada

La imparcialidad está ligada fuertemente a dos conceptos que son exigencia para el juzgador, la independencia y la impartialidad.

La independencia es «la inexistencia de cualquier tipo de poder que condicione a la autoridad o su pensamiento», y la imparcialidad es un término jurídico que refiere a la garantía del derecho procesal de que el juzgador no ha de ser parte en el proceso en el que debe dictar sentencia, ya que el hecho de ocupar los roles de acusador y juzgador a la vez no garantizaría un debido proceso.

Lejos de acusar a nadie de falta alguna, pues ello es imperio del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, nos preguntamos si el Senador Traferri puede seguir presidiendo y/o formando parte de distintas comisiones y tribunales en tanto no se aclare la situación procesal y se resuelva sobre la cuestión de fondo de los fueros parlamentarios, por el bien y la defensa de las instituciones que nos rigen y que él mismo debe resguardar.

Cuatro ejemplos simples de la relación potencial entre el Senador Armando Traferri y la Justicia que nos generan ciertas dudas, si bien no aseveramos que personalmente haya influido:

Primero: La Fiscal Titular del Ministerio Público de la Acusación de Cañada de Gómez, Dra. Gabriela Lescano, realizó una denuncia por violencia de género y acoso laboral contra abogados defensores privados y públicos ante los Tribunal de Disciplina de la Auditoria del Ministerio Público de la Acusación y de Ética del Colegio de Abogados IIº Circunscripción Rosario. Al mismo tiempo, al Tribunal de Disciplina de la Auditoria del MPA ingresan 28 denuncian contra Lescano por causas graves de los abogados Benvenutto, Dalla Fontana y miembros del Estudio Rossini de Cañada de Gómez. Entre los integrantes del Tribunal se encontraba el Senador Traferri.

No solo no se resolvió en el Tribunal de Disciplina de la Auditoria del MPA sobre la denuncia por violencia de género y acoso laboral, sino que de las denuncias 25 fueron desestimadas y solo tres fueron considerados por faltas. La sentencia un mes sin goce de sueldo para la fiscal. Traferri formaba parte del tribunal. El Tribunal de Ética del Colegio de Abogados Circunscripción Rosario aún no actuó. Un claro ejemplo de violencia institucional hacia la Dra. Lescano, re victimizándola al priorizar las causas contra ella sobre la violencia de género y el acoso laboral que denunció

Después de esto, presentó un proyecto de Ley para luchar contra el ciber acoso. Paradojalmente, la Fiscal Dra Gabriela Lescano es la que más casos después de Rosario y Santa Fe trabajó en casos de grooming, bullying ciber acoso, etc. En su último caso, detectó una red nacional de pedofilia que afecto a más de 200 niñas en Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires y tiene a dos de los responsables de producción de material pornográfico infantil presos. 

El estudio Rossini fue vinculado por los Senadores Hugo Rasseto y Lisandro Enrico al juego clandestino y citamos textualmente: "Al senador Rasseto lo denuncia un delincuente. El doctor Rossini es un delincuente. Defiende a la mafia de los casinos clandestinos. El senador Rasetto denunció a los casinos clandestinos en su departamento y le devolvieron con una denuncia inventada. Lo coimearon. Setenta mil dólares le pidieron para bajar la denuncia inventada por este abogado. Está implicado un empleado legislativo en esa mafia", afirmó Enrico en un programa televisivo de Santa Fe de hace cuatro años. "Un fiscal, si me escucha, que haga algo", agregó entonces. La Capital (de Rosario) 1 de julio de 2021

Segundo: El Delegado del Colegio de Abogados por el Distrito XII San Lorenzo, Dr. Gabriel Filippini,  tiene una sentencia por violencia de género siendo multado en pesos y la aplicación de la ley Micaela, donde debió realizar una capacitación sobre la ley nombrada. Además tiene cinco presentaciones ante el tribunal de Ética del mismo colegio por el cual todavía no ha sido llamado por al menos la mayoría de las presentaciones. El Dr. Filippini es reconocido militante del Senador Traferri.

Tercera: La fiscal Adjunta Dra. Melisa Serena del Ministerio Público de la Acusación fue imputada de no haber investigado delitos sobre los cuales presuntamente estaba al tanto y que estarían relacionados con el juego clandestino y los puertos secos en San Lorenzo, por lo cual lo favorecerían según la denuncias de los Fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra al Senador Traferri. A la fiscal se le retuvo si IPhone pero ella, en todo su derecho, no dio la clave de acceso para poder facilitar la investigación, y por otro lado la misma fiscal podría entorpecer la/s causa/s puesto que la fiscal sigue en funciones, en el Ministerio Público de la Acusación Distrito San Lorenzo

Anteriormente, la fiscal tuvo una licencia psiquiátrica prolongada (casi un año) por motivos que públicamente se desconocen fehacientemente a meses de ingresar a su cargo. Luego re integró solo resolviendo culposos y atendiendo al público en forma restringida por autorización del ex Fiscal Regional Dr. Patricio Serjal Benincasa. Su accionar entendemos deterioró la calidad en la atención del Ministerio Público de la Acusación San Lorenzo, sobrecargando de trabajo al resto de los fiscales, ya que en ese momento no había Ley de Subrogancia de fiscales

Cuarta, y finalmente, teniendo en cuentas las atribuciones conferidas por el Senado provincial a cargo del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados, en el caso Perassi nos preguntamos cómo es posible que, consciente del prejuzgamiento del entonces Juez Filicco, denunciado por la familia Perassi, en un caso emblemático y paradigmático ocurrido en su departamento nunca actuó al respecto, mínimamente solicitando información.

Y además es de público conocimiento en San Lorenzo se usó el caso políticamente en distintas elecciones por partes de sus partidarios políticos de entonces, contra el oficialismo a quien acusaron de cómplices. El Senador Traferri, ¿realiza separación de los poderes en tanto sean favorables a algún interés personal?

Por todo nos preguntamos si el Senado de la Provincia de Santa Fe y quién corresponda no deberían apartar al Senador Armando, de las siguientes comisiones y tribunales:

Asuntos Constitucionales y Legislación General

Peticiones, Reglamento y Juicio Político

Seguridad Pública

Defensoría del Pueblo

Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados

Consejo del Servicio Público Provincial de Defensa Penal

Tribunal de Disciplina

y de cualquier otra comisión o tribunal que le dé potestad sobre el accionar de cualquier miembro del Ministerio Público de la Acusación o el Poder Judicial que exista o se pudiera crear.

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