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El Senado y un Código contra "la impunidad del delito juvenil"


El Senado y un Código contra "la impunidad del delito juvenil"

Por unanimidad, y con Lisandro Enrico (UCR-General López) como único orador, la Cámara de Senadores aprobó -con fuertes modificaciones al proyecto de Diputados- un nuevo Código Procesal Penal Juvenil.

La Cámara alta cambió hasta el nombre que habían aprobado los diputados, que hablaban de un compendio legal para Niñas, Niños y Adolescentes, que según el miembro informante era “un Código light”.

Subrayó que el proyecto que vuelve en revisión a la otra Cámara “es el fruto de la labor de todos los senadores, de todas las bancadas” y destacó especialmente los aportes realizados por el justicialismo “a través de su jefe de bancada”, Armando Traferri (PJ-San Lorenzo).

Durante algo más de una hora, entre consideraciones doctrinarias, polémicas sobre los alcances reales de los Pactos Internacionales que resguardan los Derechos del Niño y respecto del alcance de la ley argentina vigente (que viene de los años de la Dictadura), Enrico se extendió sobre las modificaciones que -hasta en el momento mismo de su tratamiento- realizaron los senadores sobre el proyecto de la Cámara baja.

Hay modificaciones de procedimiento, de forma, de competencia y sobre todo, de fondo. Una lista incompleta, basada apenas en el discurso del senador, debe indicar que de aprobarse el Código según la versión del Senado, todos los jueces penales van a juzgar a los menores de edad (en lugar de los de ese fuero), que ya no existen restricciones para que los fiscales puedan apelar resoluciones o fallos judiciales (la versión de Diputados las imponía) y que en lugar de comenzar a regir a los 180 días de su promulgación lo haga a partir de 90 días.

Las modificaciones del Senado incluyen cambios que rigen tanto para menores como para mayores de edad. Entre ellos, se permite a la Oficina de Gestión Judicial disponer que un juez de Cámara pueda tomar casos como si se tratara de un juez de primera instancia, al solo efecto de evitar que las causas se demoren por la falta de jueces para iniciar los procesos.

Del mismo modo, mientras que hoy son necesarios 3 jueces para actuar ante potenciales condenas por sobre los 12 años, en adelante esa conformación especial para los juicios se hará sólo cuando estén en consideración penas por 22 años o más.


Sin “cupo”

“Es una ley firme, no de mano dura”, sostuvo Enrico que calificó a la versión que aprobara Diputados como el producto de un “garantismo bobo” que dejaba a las víctimas de delitos cometidos por menores en condiciones arbitrariamente injustas. El texto salido del Senado eliminó indicaciones a la justicia como la de privilegiar “el interés superior del niño”.

También a nivel de las recomendaciones al juez, los senadores agregaron “...así como los derechos de las víctimas”, cuando los diputados habían escrito que los juicios debían realizarse “bajo el resguardo de las garantías constitucionales de los niños”.

Uno de los artículos de Diputados disponía que hubiera un cupo (de por ejemplo 80 casos) para menores bajo la custodia del Estado. El Senado dio vuelta como una media ese criterio y en su lugar obliga a la Provincia a garantizar el encierro -la protección, la custodia o la rehabilitación- de cada menor.

“Es como si el sistema de salud se limitara a darle camas sólo hasta tal o cual número de pacientes, como si las escuelas atendieran sólo a un número de estudiantes y los demás chicos quedaran fuera de las aulas... El Estado no puede hacer de cuenta que los problemas no existen, que hay chicos en situación de extrema vulnerabilidad que están en la calle”, dijo Enrico.

Advirtió que “es el sistema del Cupo el que nos ha llevado hasta aquí”, y puso ejemplos con nombre y apellido de menores homicidas, en edad no punible, que recuperaron la libertad. Para el senador aún hoy, bajo las actuales normas, el Estado tiene la obligación de “resguardarlos” y no permitir que “sigan en la calle”.


Edad no punible

Enrico explicó que el tema que más demoró la sanción del Senado fue el debate interno respecto de la edad en que debe considerarse punible o no a un menor.

Aseveró que “sólo en Cuba y en la Argentina” los menores de 16 son considerados “no punibles” y advirtió que ese límite ha bajado a los 13 años en Uruguay y a los 14 en Chile y Brasil. Dijo que también en la legislación europea y de los Estados Unidos esas edades bajan hasta incluso “los 8 años”.

Explicó que finalmente el Senado mantiene el criterio de Diputados (seguramente en vistas a la posibilidad de que el tema prospere en la Cámara joven) y que Santa Fe no avanzará sobre la Ley Nacional 22.678 que divide a los menores de edad en punibles (por sobre los 16 años) y no punibles (menos de 16 años).


Es ley la moratoria

El Senado completó -sobre tablas y en el mismo momento en que ingresó la media sanción de Diputados-, la sanción de una ley pedida por el Poder Ejecutivo que establece un régimen de regularización tributaria del impuesto inmobiliario urbano, suburbano y rural devengado hasta el 31 de diciembre de 2017. El jefe del oficialismo, Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal) destacó el veloz tratamiento que le dio la Cámara alta al tema y expuso las ventajas del régimen para los municipios y comunas.

Una tarde productiva


El Senado produjo la sanción definitiva de varias normas, que pasan al Ejecutivo para su promulgación, así como sanciones parciales que vuelven en revisión o van a Diputados.

Logró media sanción un proyecto de ley que tiene como iniciadores a los senadores Lisandro Enrico (UCR-General López), Danilo Capitani (Pj-San Jerónimo), Guillermo Cornaglia (PJ-Belgrano), Eduardo Rosconi (PJ-Caseros), Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), Cristina Berra (PJ-San Martín), José Baucero (PJ-San Javier), y Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), que modifica los artículos 26, 81, 102 y 142, deroga el artículo 82 e incorpora el artículo 127 bis en la Ley 13.169 - Código de Faltas de Tránsito de la Provincia, y que cambia el artículo 2 de la ley 13.133, Ley de Tránsito, a los fines de desvincular parcialmente el aumento de las multas respecto del precio del litro de nafta.

También obtuvo media sanción un proyecto del senador Miguel González (PS-La Capital) que crea el Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica en la Provincia de Santa Fe.

Otro de los proyectos destacados que obtuvo media sanción fue el impulsado por los senadores Pirola, Traferri, Capitani, Berra, Osvaldo Sosa (PJ-Vera) y Alcides Calvo (PJ-Castellanos) por el cual se deroga el art. 21 y el inciso 4 del art. 50; se modifican los art. 13,18, 22, 35, 40, 45, 46, 48 y 49; y denomina al Título V como “Condiciones, Derechos y Deberes. Fiscal General, Fiscal Regional, Fiscal y Director‘, todo esto en la Ley 13013 - Ministerio Público de la Acusación”.

Asimismo, obtuvo sanción definitiva un proyecto de ley impulsado por la diputada María Victoria Tejeda, por el cual la Provincia de Santa Fe adhiere a la ley nacional 26.958, la cual establece el tercer domingo del mes de noviembre de cada año como el Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidentes de Tránsito.

Y del presidente provisional del Senado (que le tocó conducir la sesión) se votó con media sanción un proyecto de ley que declara que a la localidad de Humboldt “como Jardín de la Provincia”, según el proyecto que plantearon en una visita al Senado alumnos de esa localidad que acaba de cumplir 151 años.

Luis Rodrigo - Diario El Litoriral

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