El Senado y
un Código contra "la impunidad del delito juvenil"
Por unanimidad, y con Lisandro Enrico (UCR-General
López) como único orador, la Cámara de Senadores aprobó -con fuertes
modificaciones al proyecto de Diputados- un nuevo Código Procesal Penal
Juvenil.
La Cámara alta cambió hasta el nombre que habían
aprobado los diputados, que hablaban de un compendio legal para Niñas, Niños y
Adolescentes, que según el miembro informante era “un Código light”.
Subrayó que el proyecto que vuelve en revisión a la
otra Cámara “es el fruto de la labor de todos los senadores, de todas las
bancadas” y destacó especialmente los aportes realizados por el justicialismo
“a través de su jefe de bancada”, Armando Traferri (PJ-San Lorenzo).
Durante algo más de una hora, entre consideraciones
doctrinarias, polémicas sobre los alcances reales de los Pactos Internacionales
que resguardan los Derechos del Niño y respecto del alcance de la ley argentina
vigente (que viene de los años de la Dictadura), Enrico se extendió sobre las
modificaciones que -hasta en el momento mismo de su tratamiento- realizaron los
senadores sobre el proyecto de la Cámara baja.
Hay modificaciones de procedimiento, de forma, de
competencia y sobre todo, de fondo. Una lista incompleta, basada apenas en el
discurso del senador, debe indicar que de aprobarse el Código según la versión
del Senado, todos los jueces penales van a juzgar a los menores de edad (en
lugar de los de ese fuero), que ya no existen restricciones para que los
fiscales puedan apelar resoluciones o fallos judiciales (la versión de
Diputados las imponía) y que en lugar de comenzar a regir a los 180 días de su
promulgación lo haga a partir de 90 días.
Las modificaciones del Senado incluyen cambios que
rigen tanto para menores como para mayores de edad. Entre ellos, se permite a
la Oficina de Gestión Judicial disponer que un juez de Cámara pueda tomar casos
como si se tratara de un juez de primera instancia, al solo efecto de evitar
que las causas se demoren por la falta de jueces para iniciar los procesos.
Del mismo modo, mientras que hoy son necesarios 3
jueces para actuar ante potenciales condenas por sobre los 12 años, en adelante
esa conformación especial para los juicios se hará sólo cuando estén en
consideración penas por 22 años o más.
Sin “cupo”
“Es una ley firme, no de mano dura”, sostuvo Enrico
que calificó a la versión que aprobara Diputados como el producto de un
“garantismo bobo” que dejaba a las víctimas de delitos cometidos por menores en
condiciones arbitrariamente injustas. El texto salido del Senado eliminó
indicaciones a la justicia como la de privilegiar “el interés superior del
niño”.
También a nivel de las recomendaciones al juez, los
senadores agregaron “...así como los derechos de las víctimas”, cuando los
diputados habían escrito que los juicios debían realizarse “bajo el resguardo
de las garantías constitucionales de los niños”.
Uno de los artículos de Diputados disponía que
hubiera un cupo (de por ejemplo 80 casos) para menores bajo la custodia del
Estado. El Senado dio vuelta como una media ese criterio y en su lugar obliga a
la Provincia a garantizar el encierro -la protección, la custodia o la
rehabilitación- de cada menor.
“Es como si el sistema de salud se limitara a darle
camas sólo hasta tal o cual número de pacientes, como si las escuelas
atendieran sólo a un número de estudiantes y los demás chicos quedaran fuera de
las aulas... El Estado no puede hacer de cuenta que los problemas no existen,
que hay chicos en situación de extrema vulnerabilidad que están en la calle”,
dijo Enrico.
Advirtió que “es el sistema del Cupo el que nos ha
llevado hasta aquí”, y puso ejemplos con nombre y apellido de menores
homicidas, en edad no punible, que recuperaron la libertad. Para el senador aún
hoy, bajo las actuales normas, el Estado tiene la obligación de “resguardarlos”
y no permitir que “sigan en la calle”.
Edad no
punible
Enrico explicó que el tema que más demoró la
sanción del Senado fue el debate interno respecto de la edad en que debe
considerarse punible o no a un menor.
Aseveró que “sólo en Cuba y en la Argentina” los
menores de 16 son considerados “no punibles” y advirtió que ese límite ha
bajado a los 13 años en Uruguay y a los 14 en Chile y Brasil. Dijo que también
en la legislación europea y de los Estados Unidos esas edades bajan hasta
incluso “los 8 años”.
Explicó que finalmente el Senado mantiene el
criterio de Diputados (seguramente en vistas a la posibilidad de que el tema
prospere en la Cámara joven) y que Santa Fe no avanzará sobre la Ley Nacional
22.678 que divide a los menores de edad en punibles (por sobre los 16 años) y
no punibles (menos de 16 años).
Es ley la
moratoria
El Senado completó -sobre tablas y en el mismo
momento en que ingresó la media sanción de Diputados-, la sanción de una ley
pedida por el Poder Ejecutivo que establece un régimen de regularización
tributaria del impuesto inmobiliario urbano, suburbano y rural devengado hasta
el 31 de diciembre de 2017. El jefe del oficialismo, Felipe Michlig (UCR-San
Cristóbal) destacó el veloz tratamiento que le dio la Cámara alta al tema y
expuso las ventajas del régimen para los municipios y comunas.
Una tarde
productiva
El Senado produjo la sanción definitiva de varias
normas, que pasan al Ejecutivo para su promulgación, así como sanciones
parciales que vuelven en revisión o van a Diputados.
Logró media sanción un proyecto de ley que tiene
como iniciadores a los senadores Lisandro Enrico (UCR-General López), Danilo
Capitani (Pj-San Jerónimo), Guillermo Cornaglia (PJ-Belgrano), Eduardo Rosconi
(PJ-Caseros), Rubén Pirola (PJ-Las Colonias), Cristina Berra (PJ-San Martín),
José Baucero (PJ-San Javier), y Armando Traferri (PJ-San Lorenzo), que modifica
los artículos 26, 81, 102 y 142, deroga el artículo 82 e incorpora el artículo
127 bis en la Ley 13.169 - Código de Faltas de Tránsito de la Provincia, y que
cambia el artículo 2 de la ley 13.133, Ley de Tránsito, a los fines de
desvincular parcialmente el aumento de las multas respecto del precio del litro
de nafta.
También obtuvo media sanción un proyecto del
senador Miguel González (PS-La Capital) que crea el Sistema Provincial de
Historia Clínica Electrónica en la Provincia de Santa Fe.
Otro de los proyectos destacados que obtuvo media
sanción fue el impulsado por los senadores Pirola, Traferri, Capitani, Berra,
Osvaldo Sosa (PJ-Vera) y Alcides Calvo (PJ-Castellanos) por el cual se deroga
el art. 21 y el inciso 4 del art. 50; se modifican los art. 13,18, 22, 35, 40,
45, 46, 48 y 49; y denomina al Título V como “Condiciones, Derechos y Deberes.
Fiscal General, Fiscal Regional, Fiscal y Director‘, todo esto en la Ley 13013
- Ministerio Público de la Acusación”.
Asimismo, obtuvo sanción definitiva un proyecto de
ley impulsado por la diputada María Victoria Tejeda, por el cual la Provincia
de Santa Fe adhiere a la ley nacional 26.958, la cual establece el tercer
domingo del mes de noviembre de cada año como el Día Mundial en Recuerdo de las
Víctimas de Accidentes de Tránsito.
Y del presidente provisional del Senado (que le
tocó conducir la sesión) se votó con media sanción un proyecto de ley que
declara que a la localidad de Humboldt “como Jardín de la Provincia”, según el
proyecto que plantearon en una visita al Senado alumnos de esa localidad que
acaba de cumplir 151 años.
Luis Rodrigo - Diario El Litoriral
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