Dr. Ricardo Terrile
sobre la Reforma Judicial: "Este reacomodar es muy perverso"
Contiene audio y proyecto aprobado
Consultamos al
Dr. Ricardo Terrile, Abogado Constitucionalista, Profesor Titular de la Catedra
de Derecho Constitucional I y II de la carrera de Abogacía de la Universidad de
Rosario, ex Diputado Nacional y Provincial mandato cumplido. En la misma expone
por qué es inconstitucional, cuales son los puntos positivos y negativos de la
misma.
Para Terrile la
llamada Ley de Organización y
Competencia de la Justicia Federal con Asiento en la ciudad Autónoma de Buenos
Aires y en las Provincias, “no es una
reacomodamiento, es una reforma sobre uno de los poderes del Estado y
los poderes del Estado ser forman con reformas constitucionales. Porque tocan
los nervios del estado. A nadie se le ocurriría hacer una reforma por ley del
Congreso de la Nación, a nadie se le ocurriría modificar las facultades o
competencias del Jefe de Gabinete, de las atribuciones que tiene conferidas el
Presidente de la República en el artículo 99 de la Constitución por una Ley del
Congreso”
“Esto es una
reforma primero inoportuna porque en la actual situación de pandemia, en la
actual situación de aislamiento, cuando todavía no tenemos un presupuesto
aprobado, cuando todavía no sabemos cómo y de qué manera vamos a desembocar en
el momento que tengamos la vacuna o flexibilice el Aislamiento Social Preventivo
y Obligatorio, cuando es pavoroso lo que nos está pasando en San Lorenzo, en
Rosario, en la Provincia con un sin número de comercios realmente en una
convocatoria de concursos, que nosotros hablemos de una reforma judicial al
solo efecto de generar impunidades a determinados funcionarios. La preocupación
que tenemos los constitucionalistas es que se está desgastando el juego
democrático. Lo que llamábamos la muerte súbita eran los golpes de estado, ahora
es la muerte lenta. Es lo mismo que pasa desde enero de gobernar con Decreto de
Necesidad y Urgencia, que están prohibidos en el ámbito de la Constitución
Nacional. El Poder Ejecutivo no puede emitir disposiciones de carácter legislativo
mientras funciones el Congreso y en Congreso está funcionando ordinariamente
desde el 1º de marzo” fundamenta legal y filosóficamente su oposición el Dr.
Ricardo Terrile.
Puntos a favor y
en contra.
Dentro de todo proyecto debe haber puntos a favor y en contra y Terrile expresa que es positivo que en
algunas provincias, no todas haya más Cámaras Federales, Tribunales Federales
que se transfiera el Poder Judicial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que le
corresponde porque tiene equivalencia a una provincia pero no tiene Poder Judicial.
“Este reacomodar
es muy perverso porque reacomoda lo que tiene que ver con la Obra Pública y la Competencia
Federal Penal, la que está corrupción y al narcotráfico. La Obra Pública y la
corrupción es precisamente un tema tremendamente perverso porque es la que hace
a la Patria Contratista. No están hablando de los tribunales Civiles y Comercial,
no están hablando de una competencia Ambiental, no están hablando de una
competencia Laboral. Lo Contencioso Administrativo huele a una cosa viciada
sobre todo viniendo de funcionarios que está siendo juzgados n estos momentos
en juicios interminables que tienen que ver precisamente con la corrupción durante
su trámite de gobierno. Estas son las cosas que a nosotros nos violentan,
porque defendemos la Constitución, defendemos la República, defendemos la
democracia. La República tiene una serie de requisitos para que un país sea
republicano. La República requiere que haya división de poderes y acá no lo hay.
Que haya independencia de poderes y tampoco lo hay. Que haya periodicidad en
los mandatos y tenemos
gobernadores como Isfran en Formosa que hace más de veinte años que son
gobernadores. Tenemos la situación de gobernadores que son senadores, senadores
que son diputados, diputados que antes eran concejales, retrocedimos. San
Lorenzo tiene algunos ejemplos de senadores vitalicios. La República no tiene
funcionarios vitalicios, precisamente por eso no somos una monarquía. Eso es lo
que genera un escozor en la población acerca de qué es el representante público”
expresa Terrile.
Con respecto a
la Reforma Constitucional de 1994 también expresó que también ya se necesitan nuevas
reforma y criticó el cargo “vitalicio” de los jueces que retrasan causas, cobran
sueldos altísimos y no pagan impuestos a la ganancia, que son de privilegio pero
no es el momento de hacerlo. El costo de la Reforma Judicial es millonario y
debería hacerse de a poco según el Ministro Guzmán.
Con respecto a
la cobertura de cargo en el caso que se aprobara la Reforma, Terrile es categórico:
Hay un tema que es interesante, si priorizamos el género o priorizamos la
idoneidad. Y yo, si hay diez mujeres para diez cargos que son notoriamente
mejores que los hombres, elijo las mujeres. ¿Por qué tengo que plantearme el
cupo? La Constitución habla del acceso basada en la idoneidad no en el género. ¿Ahora,
que está pasando con los concursos? Y le doy un ejemplo de ayer (01/09/2020);
Se hace un concurso, el Consejo de la Magistratura eleva una terna al Presidente
para que elija y lo proponga al Senado no importa en orden en la terna. ¿Cuál
elijó (Alberto) Fernández? El sexto!! Porque los tres primeros estaban
sospechados de pertenecer al macrismo. Este es un tema tremendo. Con respeto a
los concursos entre la convocatoria y el momento en que el concurso se agosta
pasa entre un año y medio o dos, en el mientras tanto la Cámara de Casación, manifiestamente
kirchnerista, donde la mayoría es de Justicia Legítima, va a definir quienes
van a ser los jueces. Es una locura. Esto no puede tratarse virtualmente en la Cámara
de Diputados, debe tratase presencialmente.”
Y agrega “No hay
que darle acuerdo porque es un juego perverso. Si Diputados trata la media
sanción y lo devuelve con reforma, el Senado con mayoría simple lo aprueba. No
hay posibilidades de tratarlo ese proyecto.”
En otro orden de
cosas, Terrile plantea la necesidad de la Reforma de la Provincia de Santa Fe, que
aún no se ha adaptado a la Reforma Constitucional de 1994, como por ejemplo como
la autonomía municipal
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