AMSAFE INFORMA SOBRE IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Desde AMSAFE informamos que el día 31/03/2023, es el cierre del periodo fiscal 2022 en el cual se puede realizar deducciones del Impuesto a las Ganancias.
Compartimos información a tener en cuenta:
Con respecto a las CARGAS DE FAMILIA informadas a través del Formulario F572 WEB periodo 2022, las mismas serán dadas de baja para el período 2023, razón por la cual es que se sugiere la presentación de dicho formulario web para el ejercicio vigente durante los primeros meses del año en curso.
Cabe reiterar que es de carácter obligatorio para todos los agentes la presentación del formulario F.572 web al menos una vez por período fiscal, aunque el contribuyente no tuviera deducciones o retenciones de Impuesto a las Ganancias.
Por otro lado se destaca que no son deducciones admitidas para los empleados en relación de dependencia y por lo tanto NO deben declararse en dicho formulario las siguientes: Vehículos de corredores y viajantes de comercio, Intereses de corredores y viajantes de comercio, Gastos de movilidad, etc.
Se destaca que los conceptos que son descontados en el recibo de sueldo (Aporte jubilatorio, Aporte obra social, Caja de previsión social de los agentes civiles del estado, Cuota Sindical, IAPOS Servicio Complementario, Caja complementaria y Caja nacional de Ahorro y
Seguro) son tomados automáticamente por el sistema de retenciones, por lo que no es necesario su incorporación en el formulario que se presente.
Resulta de vital importancia que los agentes que tuvieran pluriempleo realicen presentaciones mensuales, informando de esta manera los ingresos y las retenciones que le hubieren practicado.
En el caso de los agentes que realicen presentaciones mensuales, ya sea por las características de sus deducciones o porque presenten ingresos de otro empleador, los formularios serán leídos y cargados en los días previos al cierre del proceso de sueldo es decir entre el 15 y 18 de cada mes, y la información declarada impactará en ese mismo mes.
Por último, recordamos que los agentes jubilados deben presentar el formulario F572 Web declarando a la Caja de Jubilaciones de la Provincia como su agente de retención.
Prensa AMSAFE
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