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LA CONVOCATORIA A SESIONES EXTRAORDINARIAS EL PRESUPUESTO DEL ESTADO

LA CONVOCATORIA A SESIONES EXTRAORDINARIAS EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.

La ley 24.156 establece los criterios y modalidades que debe adoptar la administración financiera y los sistemas de control del sector público nacional. Dicha norma, obliga al Poder Ejecutivo Nacional a presentar el proyecto de ley de presupuesto general a la Cámara de Diputados de la Nación para el año 2025 antes del 15 de septiembre de 2024, acompañando un mensaje que contenga una relación de los objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones de la metodología utilizada para las estimaciones de recursos y para la determinación de las autorizaciones para gastar (art.26).

Si al inicio del presente ejercicio financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior con los ajustes que el propio poder ejecutivo adopta arbitrariamente (art.27).
Es importante tener presente que el ministro Massa tampoco presentó en tiempo y forma el presupuesto para el 2024; de tal manera que Milei durante el primer año de su mandato administró el país sin presupuesto aprobado. Ahora pretende hacer lo mismo ¿Por qué?
La razón de la ilegitima y perversa conducta impulsada por el presidente Milei y su bloque parlamentario, obedece a su vocación de rechazar toda participación parlamentaria; concepción autoritaria que procura omitir todo debate que colabore con la construcción de consensos, evitando los controles propios que la ley vigente impone sobre el origen de las inversiones y los gastos proyectados.

Detrás de este comportamiento está la manifiesta intensión de destruir el sistema institucional republicano, que no solo implica el control previo de gastos y recursos a través del sistema presupuestario, sino que además exige un control en línea que se ejerce por la SIGEN, y depende del Poder Ejecutivo, sino que además requiere de un control ex post llevado adelante por la Auditoría General de la Nación, que a su vez depende del Congreso Nacional.
Todo este mecanismo surge de la Constitución Nacional, y tiene como principio esencial el hecho de que la Cámara de Diputados es la representante del pueblo, y que es esté, por vía indirecta el que debe determinar en que se van a usar los recursos, como obtenerlos, y también son los representantes del pueblo y de las provincias los que se hacen cargo del control ex post.
Gobernar sin presupuesto significa negarle al pueblo a participar en las decisiones sobre el destino de los fondos públicos. Esta situación por demás irregular, excede por otra parte la discusión teórica sobre la división de poderes, si no que se enmarca dentro de un proyecto de concentración del poder en forma discrecional en un Poder Ejecutivo dominado por los representantes de las principales empresas multinacionales del planeta, y por lo tanto la falta de controles presupuestarios, no solo permite la discrecionalidad sino que también la impunidad.
Un país sin presupuesto por segundo año consecutivo, implica un congelamiento de partidas que en términos reales fueron licuadas en mas de un 90% de su poder adquisitivo, lo cual habilita a usar los fondos recaudados sin ningún tipo de control parlamentario.
Cuando esta política se la ensambla con los efectos del DNU 70/23, con la vigencia de la Ley Bases y el RIGI, el régimen represivo que se instrumentó desde las fuerzas de seguridad y desde los servicios de inteligencia
Sin embargo, la convocatoria a Extraordinarias, no solo no trata el Presupuesto 2025, sino que además, se propone un temario destinado exclusivamente a aumentar la capacidad represiva del Estado y a limitar la función de los partidos políticos, todo enmarcado en un salvaje retraso cambiario mezclado con apertura económica y liquidación de activos públicos.
Con la legitimación de este marco legal, no solo se perdió el control de los recursos públicos, sino que además abre el camino para privatizar discrecionalmente los activos públicos y al endeudamiento sin control del parlamento.
Es necesario advertir que se está ante un nuevo capítulo de un ciclo ya trillado por los delincuentes financieros, ENDEUDAMIENTO, VALORIZACIÓN DE ACTIVOS, PRIVATIZACIONES, Y CIERRAN CON FUGA DE CAPITALES Y DEVALUACIÓN
En las sesiones extraordinarias, el tratamiento parlamentario se limita a los “temas” que el poder ejecutivo arbitrariamente impone. De incluir la ley de presupuesto de cálculos y recursos en extraordinarias, habilitaría todas las iniciativas que los legisladores hayan presentado a la fecha que tengan vinculación con el presupuesto y ello no está ni va a estar nunca en la filosofía de la LLA. 
¿Hemos denunciado dicha circunstancia los radicales? NO. 
¿Se han pronunciado nuestros cuerpos orgánicos? TAMPOCO.

EL SILENCIO SE TRANSFORMA EN COMPLICIDAD.

MOVIMIENTO NACIONAL DE LA MILITANCIA RADICAL
República Argentina, 16 de enero de 2025.

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